Reglamento de Convivencia Comunidad Empart 11


Señores(as):
Copropietarios(as) Comunidad Edificio Empart 11
Presente
                                    
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA COMUNIDAD EMPART 11
  
De acuerdo con el Reglamento de Copropiedad de la Comunidad Edificio Empart 11, hacemos llegar a usted el siguiente documento, relativo a las normas básicas de convivencia de nuestra comunidad, más deberes y obligaciones, para copropietarios y arrendatarios (basado en el Reglamento original de Copropietarios Empart 11, y Ley Inmobiliaria 19.537).

I.                 REPARACIONES Y MANTENCIONES
 
1-   Serán de cargo del respectivo propietario las reparaciones y la mantención de la Unidad de su dominio, vigas y muros que no sean estructurales, en la parte que da al interior de su Unidad, pisos, ventanas, balcones, cornisas y otros bienes que son exclusivos de su propiedad, como también instalaciones respectivas de agua, gas, electricidad, cañerías interiores y ventilación, en lo que quede dentro de su Unidad, a partir de los empalmes de entrada a la Unidad y hasta la salida de esta.
 
En caso que la no mantención del departamento, ocasione efectos negativos a sus vecinos o bienes comunes del edificio, el propietario deberá responder por esto. Los cuales serán cargados al gasto común de dicho departamento.
 

*Las instalaciones Generales, como Verticales, alcantarillados y cañerías exteriores de Agua Potable son Comunitarias. Por lo que será responsabilidad de la Comunidad Empart 11 en su conjunto, su mantención y reparación.

 
 II.               GASTOS COMUNES
 
1-   Cada propietario o arrendatario, deberá pagar los Gastos Comunes con la periodicidad y en los plazos que establece el reglamento. El hecho que un copropietario no haga uso efectivo de un determinado servicio o bien de dominio común, o que la Unidad permanezca desocupada por cualquier tiempo, no lo exime, en caso alguno, de la obligación de contribuir oportunamente al pago de los Gastos Comunes. (Ley 19.537, Art. 5°).
 
2-  Es de su responsabilidad como propietario o arrendatario asegurarse que su pago fue recibido por el Administrador o Comité de Administración.
 
3-  El no pago por más de 3 meses de los gastos comunes, permite a la administración realizar el corte de luz eléctrica del domicilio moroso.
  
III.              ARRENDATARIOS
 
1-  Los arrendatarios que no cumplan con mantener el pago de sus Gastos Comunes al día o haya un comportamiento no acorde con las normas expuestas en el presente reglamento de convivencia, el Administrador(a) o Comité de Administración se contactará con el Propietario o Corredor de Propiedades para informar debidamente la situación, previa autorización por escrito por el Comité de Administración para la ejecución de dichos trámites.

2-  En caso de comportamientos extremos o reiterativos de los arrendatarios, el Comité de Administración o Administrador(a) podrán solicitar a nombre de los copropietarios el Término del Contrato de Arriendo, tarea que encomendará por escrito dicho Comité al Administrador(a) para que ejecute.
  
IV.             TENENCIA DE MASCOTAS
 
Queda establecido que:
 
1.   No se puede dejar mascotas deambular solas por el patio.
 
2.   Las mascotas deben llevar correa o arnés, y siempre acompañadas de su dueño. Aunque sea en el patio.
 
3.    Obligatoriamente los dueños deben limpiar las deposiciones de sus mascotas.
 
4.   Cada mascota debe estar en su domicilio y con los cuidados que exige la Ley 20.380 (Ambiente apropiado y limpio, alimentación, buen trato y vacunas al día).
 
5.   Perros agresivos o bravos, que puedan dañar a algún residente, serán denunciados al Juez de policía Local, cursándole una multa de acuerdo con la gravedad del caso y/ o situación reiterativa.
 
6.   No está permitido dejar comidas para perros o gatos en los descansos de escalas, patio u otra área común. Esta práctica trae roedores e insalubridad.

*El paseo de mascotas dentro de la Comunidad se basará en la Nueva Ley (Nº 21.020) Tenencia Responsable de mascotas.

  

V.               PROHIBICIONES Y MULTAS
 
1-   El o la propietario/a o arrendatario/a, según corresponda, hará uso del su piso o departamento en forma ordenada y tranquila, debiendo destinar la Unidad exclusivamente a la habitación familiar o individual.
 
2-   Utilizar el departamento como taller u otro fin similar, que produzca ruidos o malos olores.
 
3-  Guardar y/o mantener, aunque sea transitoriamente, materias húmedas, sustancias orgánicas sujetas a descomposición infecciosa, maloliente, inflamable o explosiva.
 
4-   Incurrir en conductas que perturben la tranquilidad de los demás propietarios u ocupantes de la Comunidad Empart 11, provocando ruidos molestos, gritos, disturbios, bullicio inclusive música que sea percibida después de las 23:00 hrs. (se considerará como molesto todo lo que perturbe la tranquilidad de los vecinos en cualquier horario del día).
 
5-  Hacer uso de aparatos de radios, televisión, música y otros instrumentos provenientes de deptos. O pisos, en forma que puedan ser oídos de los departamentos vecinos los días domingo.
 
6-  Atentar en cualquier forma en contra de la solidez, la salubridad o la estética del edificio.
 
7-  Alterar de cualquier forma los planos comunes de planta o fachada del edificio en general (ej.: pinturas no acordes al color del edificio).
  
8-  Obstruir de cualquier forma la circulación por las escaleras, pasillos, y demás lugares comunes destinados a ella, sea impidiendo el acceso a dichos lugares u obstaculizando en cualquier forma el libre uso y goce de estos. (ej: ocupar los descansos de escaleras con bicicletas, coches de guagua).
 
9- Colocar sin autorización del Comité de Administración avisos, letreros o luminosos de propaganda que pueda comprometer a toda la Comunidad.
 
10- Tender ropa en jardines u otros lugares Comunes. Igualmente sacudir alfombras, manteles y otros en los descansos de escalas.
 
11- Tirar basura, restos de fruta y colillas de cigarros a los jardines y patio.
 
12- Dejar las puertas de acceso abiertas al entrar o salir del recinto. Esta mala práctica atenta contra la Seguridad de los residentes. (Incluyendo puertas que dan al patio interior).
 
13- Dejar escombros, bolsas de basuras, cajas, enseres domésticos y otros en las bajadas de escalas y en el patio. Esto es responsabilidad de cada propietario o arrendatario coordinar previamente el retiro de manera particular o municipal.
 
14- Todo residuo domiciliario debe ser dejado en los basureros/contenedores, ubicado a la salida del edificio, sobre calle Manuel Rodríguez Norte.
 
15- Entrar al condominio en moto y circular por el patio en estos vehículos.
 
16- Dejar motos, carros y bicicletas en el patio.
 
17- Se deja claro que el Horario de trabajos y reparaciones de algún departamento (taladros, martillazos, golpes, uso de maquinarias molestas, etc.), es de lunes a viernes, desde las 09:00 hrs. hasta las 18.00 hrs.  Sábado desde las 10:00 hasta las 14:00 hrs. Quedando prohibido cualquier reparación fuera del horario anteriormente señalado, domingos y festivos.
 
18- No está permitido hacer asados en parrillas (combustión carbón) en escalas y/o balcones, ya que esto perjudica a los vecinos de los pisos de abajo y arriba.
 
19- Las puertas de acceso a los medidores no podrán ser abiertas sin previa autorización de la administración o del Comité Empart 11.
 
20- Por Ley, es de exclusiva responsabilidad del propietario del inmueble, reparar en caso de ser necesario cualquier deterioro o mal estado de balcones, ante posibles desmoronamientos que pone en peligro la integridad física de personas que transitan bajo ellos. Si el departamento se encuentra arrendado, el arrendatario debe dar aviso al arrendador sobre el mal estado, con el fin de prevenir cualquier tipo de accidente.
 
21- Se Considera grave las faltas de respeto hacia el personal de la comunidad; como groserías, descalificaciones, humillaciones y otros, tanto en lo personal como en lo laboral. (Ley del Código del Trabajo Art. 1° Inciso 2°).
 
22- Es responsabilidad de los padres, tutores o cuidadores responsables, controlar que sus hijos/hijas respeten los horarios de juegos en el patio, espacios ajenos, dañar jardines, luminarias entre otros.
 
*Cualquier falta a estas normas, serán causal de multas, que irán desde 1 UTM a 5 UTM y previa declaración al Juez de Policía Local a petición del Administrador(a). Dicha petición deberá estar autorizada por escrito por el Comité de Administración para la ejecución de dichos trámites. (conforme al Reglamento Interno, acuerdos de Asamblea y Ley de Copropiedad Inmobiliaria 19.537).
  
VI. SOBRE LA ADMINISTRACIÓN Y COMITÉ
 
1-  El conducto regular de contacto ante cualquier situación referente a la comunidad del edificio considera en primera instancia comunicarse con el/la administrador/a del edificio, quien contactará a los integrantes del comité. Los vecinos no deben contactar de manera directa a los integrantes del comité, salvo una emergencia que atente contra la vida de las personas o integridad estructural del edificio.
 
*Correo Comunidad Empart11: vecinosempart.11@gmail.com
 
2-  Existirá un Libro de Reclamos y Sugerencias, disponible para todas las quejas, injusticias, solicitudes y otros. Escribir cualquier problema o solicitud, es parte de la comunicación con el   Administrador(a) y Comité de Administración; es el respaldo tanto del afectado como de la Oficina de Administración para dar respuesta y/o solución a lo solicitado. Dicho libro de Reclamos y Sugerencias estará a Cargo de la Presidencia del Comité de Administración o de cualquiera de sus miembros.
 

 

Comité y Administración Empart 11.

 

 

Santiago, septiembre de 2021.

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